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lunes, 30 de julio de 2007

25 - DIA INTERNACIONAL PARA LA ELIMINACION DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

Por resolución de la Asamblea General, el 25 de noviembre ha sido designado Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. Presentada por la República Dominicana, con el apoyo de más de 60 gobiernos, la resolución es el resultado de un creciente movimiento internacional para acabar con una trágica epidemia que devasta las vidas de mujeres y niñas, rompe comunidades y es una barrera para el desarrollo en todas las naciones. Los promotores de la resolución esperan que el día constituya, como ha ocurrido en otras ocasiones, el punto de partida para que los gobiernos y la población en general tomen acción para acabar con la violencia contra la mujer.
En el mundo, el 25% de las mujeres son violadas en algún momento de su vida. Dependiendo del país, de un 25 a un 75% de las mujeres son maltratadas físicamente en sus hogares de forma habitual. Cerca de 120 millones de mujeres han padecido mutilaciones genitales. Las violaciones han devastado mujeres, niñas y familias en los recientes conflictos en Ruanda, Camboya, Liberia, Perú, Somalia, Uganda y la antigua Yugoslavia.
Los activistas por los derechos de la mujer han señalado el día 25 de noviembre como día contra la violencia desde 1981, y durante la pasada década se han celebrado 16 días de activismo contra la violencia de género, ya fuera el 25 de noviembre o el 10 de diciembre, Día Internacional de los Derechos Humanos. La elección del 25 de noviembre como fecha para la celebración se debe al brutal asesinato de las tres hermanas Mirabal en la República Dominicana, el 25 de noviembre de 1961, quienes reclamaban a las autoridades sobre la causa de apresamiento de sus esposos.



11 - DIA INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS DEL NIÑO

Respecto a la celebración de esta Declaración se encuentra una multiplicidad de fechas que corresponden a las distintas etapas de elaboración, aceptación y ratificación de la misma. En 1959 fue promulgada y aprobada por las Naciones Unidas la Declaración de los Derechos del Niño. En 1989 se aprobó también en las Naciones Unidas la Convención de los Derechos del Niño, que entró en vigor en setiembre de 1990. Si bien este hecho no tuvo efectos evidentes en el mejoramiento de las condiciones de vida de muchos niños, es igualmente importante, porque evidencia una mayor concientización de la Humanidad al respecto. Declaración y Convención no tienen el mismo significado, ya que la primera es una expresión de ideales, de principios, que es aceptada por los gobiernos, pero sin la obligación de cumplirla. La Convención en cambio, es obligatoria para los gobiernos que la firman, los cuales se comprometen a incorporar en sus legislaciones dichas disposiciones acordadas.

DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO
1º. El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta Declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna, ni distinción o discriminacón por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posicón económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.
2º. El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.
3º. El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.
4º. El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso prenatal y posnatales. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicio médico adecuados.
5º. El niño física o mentalente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación, y el cuidado especiales que requiere su caso particular.
6º. El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea posible deberá al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.
7º. El niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria, por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social y llegar a ser un miembro útil a la sociedad. El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres. El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deberán estar orientado hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.
8º. El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.
9º. El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo de trata. No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada: en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o su educación, o impedir su desarrollo físico, mental o moral.
10º. El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia , amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energía y aptitudes al servicio de sus semejantes.
Todos los niños tienen derecho a:
La supervivencia y el desarrollo.
Un nivel de vida adecuado.
El mayor nivel posible de salud y servicios de salud adecuados.
Una atención especial, si están discapacitados, que asegure su dignidad, promueva su autosuficiencia y facilite su participación activa en la comunidad.
Servicios e instituciones de seguridad social y atención infantil.
Vivir con sus progenitores o mantener relaciones con ellos si están separados de uno de los dos.
Cruzar las fronteras nacionales para poder reunirse con sus progenitores.
Recibir otro tipo de atención cuando no resulte posible conservar el entorno familiar.
Un sistema seguro de adopción.
Protección contra el secuestro.
Protección contra el maltrato y abandono por parte de los progenitores o las personas encargadas de la atención.
Un análisis periódico de cualquier tipo de medidas que puedan resultar necesarias en materia de atención, protección o tratamiento.
Recibir enseñanza primaria gratuita.
Acceso a la enseñanza secundaria y a la formación profesional.
Una educación que promueva plenamente su personalidad, su talento, y sus capacidades mentales y físicas.
Una educación que les prepare para una vida responsable en una sociedad libre.
Una educación que fomente el respeto por su propia familia, su identidad cultural y su idioma; por su país; y por el medio ambiente natural.
Una educación que promueva un espíritu de comprensión, paz, tolerancia e igualdad.
Tiempo libre, juego y la oportunidad de participar en actividades culturales y artísticas.
La oportunidad de disfrutar de su propia cultura, profesar y practicar su propia religión y utilizar su propio idioma.



21 - DIA MUNDIAL DE LA TELEVISION

Cada 21 de noviembre se celebra el Día Mundial de la Televisión. Esta fecha se estableció en 1996 durante el primer Foro Mundial de Televisión que se llevó a cabo en la sede de la Organización de las Naciones Unidas.
Durante este día se invita a todos los países a promover e intercambiar programas de televisión centrados en temáticas como la paz, el desarrollo económico y social, la seguridad y la convivencia entre personas de diferentes culturas. De esta manera se fomentará una televisión que, además de entretener, promueva una cultura de paz, seguridad y desarrollo.
La televisión sigue siendo el medio de comunicación más influyente y que llega a más personas, a pesar del rápido crecimiento de nuevas tecnologías como Internet. En España, por ejemplo, las personas dedican una media de un poco más de tres horas al día a ver la televisión. En el caso de los niños, este porcentaje es similar.
A pesar de los esfuerzos de la ONU y de otras organizaciones, UNICEF afirma que "la presión de beneficios económicos inmediatos, la falta de criterio cultural y social e, incluso, el desprecio por la audiencia nos acerca cada vez más a lo que se ha llamado la telebasura". Es por ello que se pone especial énfasis en hacer llegar los objetivos de este día a muchas personas.



1º - DIA MUNDIAL DE LA CIENCIA PARA LA PAZ Y EL DESARROLLO

Según la UNESCO los principales objetivos son los siguientes:
a. renovar el compromiso, tanto nacional como internacional, en pro de la ciencia para la paz y el desarrollo, y hacer hincapié en la utilización responsable de la ciencia en beneficio de las sociedades y, en particular, para la erradicación de la pobreza y en pro de la seguridad humana;
b. lograr una mayor conciencia en el público de la importancia de la ciencia y colmar la brecha existente entre la ciencia y la sociedad.
Vivimos en una época de adelantos científicos sin precedentes, hasta el punto de que no exageraríamos si dijésemos que el futuro de la humanidad depende de la vitalidad permanente de la ciencia y sus aplicaciones. La ciencia ha contribuido enormemente a la evolución y la mejora de la sociedad moderna y la aplicación del saber científico sigue proporcionando instrumentos poderosos para responder a muchos de los desafíos a los que se enfrenta la humanidad, como la erradicación de la pobreza, la prestación de atención médica y el suministro de alimentos y el abastecimiento de agua potable.
La UNESCO, en virtud de su mandato y su Constitución, tiene el deber moral de promover la ciencia al servicio de la paz y el desarrollo. Ahora bien, esta obligación no nos incumbe a nosotros solamente. En este Día Mundial de la Ciencia para la Paz y el Desarrollo, todos -las organizaciones internacionales, los gobiernos, la comunidad científica y la sociedad civil- tenemos que reafirmar el empeño de la ciencia por atender las necesidades más apremiantes del mundo: la necesidad de luchar contra la pobreza y las enfermedades crónicas, la necesidad de construir sociedades en paz consigo mismas y con las demás y la necesidad de elevar a dos tercios de la población mundial a un nivel de vida compatible con la dignidad humana.