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viernes, 9 de octubre de 2009

EXPOSICION MARTIN FIERRO



Con motivo del mes del Patrimonio "Homenaje a las tradiciones rurales" se ha llevado a cabo una exposición sobre el Martín Fierro.
Hemos contado con un préstamo interbibliotecario por parte de la Biblioteca Nacional contando entre los libros con uno con prólogo de Jorge Luis Borges; una edición facsimilar de la primera edición, etc. Además como siempre la ciudadanía ha respondido dándo en carácter de préstamo algunos ejemplares para enriquecer la muestra.



CONFERENCIA: El medio ambiente en la época del Martín Fierro



Con motivo del mes del patrimonio "Homenaje a las tradiciones rurales", la Biblioteca organizó una conferencia a cargo del Dr. Mario Clara, Director del Centro Universitario de Rivera, Región Noreste Universidad de la República sobre "El paisaje pradera en la segunda mitad del siglo XIX" el dia 15 de setiembre a las 19 hs.



lunes, 27 de octubre de 2008

MANIFIESTO IFLA - BIBLIOTECA MULTICULTURAL


La biblioteca multicultural: portal de acceso a una sociedad de culturas diversas en diálogo.

Todos vivimos en una sociedad que es cada vez más heterogénea. Existen más de 6000 lenguas en el mundo. La tasa de migración internacional se incrementa cada año, lo que origina en un número creciente de personas con identidades más complejas. La globalización, el aumento de las migraciones, la rapidez de las comunicaciones, la facilidad del transporte y otros factores característicos del siglo XXI han incrementado la diversidad cultural en muchas naciones donde previamente no existía o han aumentado la ya existente.
«Diversidad cultural» o «multiculturalidad» se refieren a la coexistencia e interacción armónica de culturas diferentes, donde «la cultura debe ser considerada como el conjunto de los rasgos distintivos espirituales y materiales, intelectuales y afectivos que caracterizan a una sociedad o a un grupo social y que abarca, además de las artes y las letras, los modos de vida, las maneras de vivir juntos, los sistemas de valores, las tradiciones y las creencias»
1
. La diversidad cultural o la multiculturalidad son la base de nuestra fuerza colectiva, tanto en nuestras comunidades locales como en nuestra sociedad global.
La diversidad cultural y lingüística es el patrimonio común de la humanidad y debe ser conservada y mantenida para el beneficio de todos. Es una fuente de intercambio, innovación, creatividad, y coexistencia pacífica entre los pueblos. «El respeto de la diversidad de las culturas, la tolerancia, el diálogo y la cooperación, en un clima de confianza y de entendimiento mutuos, están entre los mejores garantes de la paz y la seguridad internacionales»
2
. Por tanto, todos los tipos de bibliotecas deben reflexionar, apoyar y promover la diversidad cultural y lingüística en los ámbitos locales, nacionales e internacionales, y de esta manera trabajar por el diálogo intercultural y una ciudadanía activa.
Las bibliotecas, al servir a intereses y comunidades diversas, funcionan como centros de aprendizaje, culturales y de información. Al tratar la diversidad cultural y lingüística, los servicios bibliotecarios se rigen por su compromiso con los principios de las libertades fundamentales y la igualdad en el acceso a la información y al conocimiento para todos, en el respeto de la identidad y los valores culturales.
Principios
Cada persona de nuestra sociedad global tiene derecho a un amplio rango de servicios bibliotecarios y de información. Al tratar la diversidad lingüística y cultural, las bibliotecas deberían:
• Servir a todos lo miembros de la comunidad sin discriminación alguna por origen cultural o lingüístico;
• Ofrecer información en lenguas y alfabetos apropiados;
• Dar acceso a un amplio rango de materiales y servicios que reflejen a todas las comunidades y sus necesidades;
• Disponer de personal que refleje la diversidad de la comunidad, formados para trabajar y dar servicio a comunidades diversas.
Los servicios bibliotecarios y de información en un contexto de diversidad cultural y lingüística incluyen tanto la oferta de servicios a todo tipo de usuarios de la biblioteca como la oferta de servicios bibliotecarios dirigidos especialmente a grupos culturales y lingüísticos tradicionalmente desatendidos. Se debería prestar especial atención a grupos que a menudo sufren marginación en las sociedades con diversidad cultural: minorías, refugiados y solicitantes de asilo, personas con permisos de residencia temporales, trabajadores inmigrantes y comunidades indígenas.
Misión de los servicios bibliotecarios multiculturales
En una sociedad culturalmente diversa se debería incidir en las siguientes misiones clave, relacionadas con la información, la alfabetización, la educación y la cultura:
• Fomentar la toma de conciencia del valor positivo de la diversidad cultural y promover el diálogo cultural;
• Alentar la diversidad lingüística y el respeto por las lenguas maternas;
• Facilitar la coexistencia armónica de varias lenguas, incluyendo el aprendizaje de varias lenguas desde edades tempranas;
• Salvaguardar el patrimonio cultural y lingüístico y apoyar la expresión, creación y difusión en todas las lenguas pertinentes;
• Apoyar la preservación de la tradición oral y el patrimonio cultural intangible;
• Apoyar la inclusión y participación de personas y grupos de diversos orígenes culturales;
• Promover la alfabetización informacional en la era digital, y el dominio de las tecnologías de la información y comunicación;
• Promover la diversidad lingüística en el ciberespacio;
• Fomentar el acceso universal al ciberespacio;
• Apoyar el intercambio de conocimientos y buenas prácticas en relación con el pluralismo cultural.
Gestión y actuación
La biblioteca multicultural requiere que todas las bibliotecas adopten un enfoque integrado de los servicios. Las actividades principales de los servicios bibliotecarios y de información para comunidades cultural y lingüísticamente diversas son centrales, no «separadas» ni «adicionales», y siempre deberían estar diseñadas para satisfacer necesidades locales o específicas.
La biblioteca debería tener una política y un plan estratégico, que definan su misión, objetivos, prioridades y servicios relacionados con la diversidad cultural. El plan debe basarse en un análisis completo de las necesidades de los usuarios y en recursos adecuados.
Las actividades bibliotecarias no deben llevarse a cabo aisladamente. Se debe fomentar la cooperación con los grupos de usuarios y profesionales pertinentes en el ámbito local, nacional e internacional.
Actividades principales
La biblioteca multicultural debería:
• Desarrollar colecciones y servicios culturalmente diversos y multilingües, incluyendo recursos digitales y multimedia;
• Destinar recursos para la conservación de las expresiones y el patrimonio cultural, prestando especial atención al patrimonio cultural oral, indígena e intangible;
• Incluir programas que apoyen la educación de los usuarios, la alfabetización informacional, los recursos para los recién llegados, el patrimonio cultural y el diálogo intercultural como partes integrales de los servicios
• Proporcionar acceso a los recursos bibliotecarios en los idiomas apropiados a través de sistemas de acceso y organización de la información;
• Desarrollar materiales de promoción y difusión en las lenguas apropiadas para atraer a diversos grupos a la biblioteca.
Personal
El personal de la biblioteca es el intermediario activo entre usuarios y recursos. Se le debe ofertar educación profesional y formación continua centrada en los servicios a comunidades multiculturales, la comunicación y la sensibilidad intercultural, la antidiscriminación, las culturas y las lenguas.
El personal de una biblioteca multicultural debería reflejar las características lingüísticas y culturales de la comunidad para garantizar la conciencia cultural, reflejar la comunidad a la que la biblioteca presta servicio y promover la comunicación.
La financiación, la legislación y redes
Se anima a los gobiernos y a otros organismos pertinentes de toma de decisiones a establecer y financiar adecuadamente bibliotecas y sistemas bibliotecarios para que ofrezcan servicios bibliotecarios y de información gratuitos a comunidades culturalmente diversas.
Los servicios bibliotecarios multiculturales son esencialmente globales. Todas las bibliotecas implicadas en actividades de este campo deben participar en las redes pertinentes de desarrollo de políticas locales, nacionales e internacionales. Se necesita investigación para obtener los datos necesarios para tomar decisiones informadas sobre los servicios y asegurar una financiación apropiada. Se deben difundir ampliamente los resultados de estas investigaciones y las buenas prácticas para impulsar servicios bibliotecarios multiculturales eficaces.
Implementar el Manifiesto
La comunidad internacional debe reconocer y apoyar los servicios bibliotecarios y de información en su papel de promotores y conservadores de la diversidad lingüística y cultural.
Se pide a los responsables de todos los niveles y a la comunidad bibliotecaria de todo el mundo que difundan este Manifiesto y que lleven a cabo los principios y acciones que aquí se expresan.
Este Manifiesto complementa al Manifiesto de la IFLA/UNESCO sobre la biblioteca pública, al Manifiesto la biblioteca escolar (IFLA/UNESCO) y al Manifiesto sobre Internet de la IFLA.
El Comité ejecutivo de IFLA aprobó este Manifiesto en agosto de 2006 y El Consejo Intergubernamental del Programa Información para todos (IFAP) de UNESCO lo aprobó en abril de 2008 con la recomendación de que sea presentado para su consideración en la 35ª sesión de la Conferencia General de UNESCO.
www.ifla.org/VII/s32/index.hm
Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural 2001



miércoles, 15 de agosto de 2007

LEY NACIONAL DE BIBLIOTECAS PUBLICAS

Ley Nº 18.632

SISTEMA NACIONAL DE BIBLIOTECAS PÚBLICAS

SE DECLARA DE INTERÉS PÚBLICO SU DESARROLLO Y MANTENIMIENTO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:



--------------------------------------------------------------------------------



Artículo 1º.- Declárase de interés público el desarrollo y el mantenimiento de los servicios bibliotecarios dirigidos al público en general.



Artículo 2º.- Se entenderá por bibliotecas públicas aquellas unidades de información dependientes del Estado y de los Gobiernos Departamentales que presenten un carácter social, gratuito, democrático e integrador destinado a prestar servicios bibliotecarios de extensión bibliotecaria y cultural a toda persona que requiera la utilización de los mismos. Es un espacio primordial de integración social y de participación cívica, de promoción de todas las potencialidades humanas y de construcción de ciudadanía, basado en la equidad que asegure la igualdad de posibilidades de acceso para todas las personas sin tener en cuenta su edad, raza, sexo, religión, nacionalidad, convicciones políticas, condición social, residencia geográfica o cualquier otra diferencia que exista entre ellas.



Para el logro efectivo de sus objetivos, las bibliotecas públicas deberán cumplir las siguientes funciones básicas:



- Responder a las necesidades y demandas de información y lectura de la comunidad.

- Promover el acceso democrático y el uso gratuito a la información de todos los ciudadanos.

- Planificar y desarrollar servicios acordes a las necesidades de la comunidad y de las particularidades de los usuarios a través de estudios de comunidad y usuarios.

- Rescatar, preservar, promover y transmitir el patrimonio cultural tanto para las generaciones presentes como para las futuras.

- Conservar el patrimonio bibliográfico local.

- Brindar apoyo a la educación formal e informal, promoviendo la educación y la formación a lo largo de la vida.

- Favorecer el acceso y el uso de tecnologías de la información y la comunicación (TIC).

- Apoyar y propiciar programas de alfabetización y alfabetización informacional.

- Promover hábitos de lectura desde la edad temprana.

- Establecer vínculos con entidades representativas de la comunidad a efectos de identificar aspectos de su realidad, como insumo para desarrollar planes conjuntos y promover la demanda de información y lectura.

- Servir de puente entre los diferentes agentes sociales y estimular la participación de los ciudadanos como productores, consumidores y protagonistas de la cultura local.

- Conformar comisiones de apoyo de la biblioteca integradas por diferentes actores de la sociedad civil, para promover la interacción con la colectividad y la real participación de la comunidad en el cumplimiento de los objetivos de su biblioteca pública.

- Organizar los documentos de la colección de acuerdo a normas y estándares aceptados por la comunidad bibliotecológica.



Las bibliotecas públicas brindarán los siguientes servicios:

- Servicio de referencia.

- Servicio de información a la comunidad (SIC).

- Servicios de salas de lectura y trabajo con conexión gratuita a Internet y medios audiovisuales.

- Préstamo a domicilio.

- Actividades de extensión y acción cultural en el medio.

- Promoción y animación de la lectura.

- Programas de alfabetización y alfabetización informacional.

- Formación de usuarios.

- Servicios dirigidos a todos los grupos de edad y condiciones específicas (personas con discapacidades, personas en prisión o en hospitales).

- Servicios a través de un sitio propio y/o compartido en la red electrónica (catálogo en línea, manuales y guías, información local).

- Espacio de reunión a la comunidad.


Artículo 3º.- El Estado propiciará la excelencia en el empleo de los recursos a través del desarrollo de los servicios que las distintas bibliotecas definan, teniendo en cuenta las necesidades y demandas de la comunidad.

En tal sentido, se procurará la coordinación entre el Gobierno Nacional y los Gobiernos Departamentales para el desarrollo de las bibliotecas públicas en toda la República y el establecimiento y la difusión de normas y metodologías para la configuración del Sistema Nacional de Bibliotecas Públicas.


Artículo 4º.- Dentro de sus respectivas jurisdicciones, el Gobierno Nacional y los Gobiernos Departamentales facilitarán el acceso a los recursos materiales, informativos, financieros y humanos necesarios para el desarrollo de los servicios bibliotecarios.

Se deberá tener en cuenta que:

1) Las bibliotecas públicas deberán disponer del personal con las competencias necesarias para cumplir con las distintas funciones y servicios definidos, de acuerdo con las necesidades de la comunidad. La Dirección de las mismas estará a cargo de licenciados en bibliotecología. En aquellas situaciones en las que por causas justificadas no se cuente con dichos profesionales, se garantizará el asesoramiento bibliotecológico a través de la coordinación y la supervisión de un licenciado en bibliotecología perteneciente al departamento o región correspondiente.

Lo dispuesto en el párrafo anterior no afectará la situación de los funcionarios que se desempeñen actualmente en las bibliotecas públicas.

2) La colección de cada biblioteca estará integrada por recursos en cualquier tipo de soporte, estará conformada por una colección básica común a todas las bibliotecas que integran el sistema, por un acervo bibliográfico específico que satisfaga los intereses y demandas de la comunidad, y fuentes de información que rescaten, preserven y difundan la cultura local.

3) Las bibliotecas públicas dispondrán de local, mobiliario, equipos e infraestructura tecnológica, adecuados a las funciones y servicios que brinda y a las necesidades de la comunidad.


Artículo 5º.- Declárase de interés nacional la estructuración de un Sistema Nacional de Bibliotecas Públicas que integrará, entre otras, a las Bibliotecas Municipales de cada departamento, dentro de un sistema regional que incluirá más de un departamento tomando como referencia la siguiente composición, la que podrá ser modificada por vía reglamentaria:

Región 1. Integrada por los departamentos de Artigas, de Salto y de Paysandú.

Región 2. Integrada por los departamentos de Rivera, de Tacuarembó y de Durazno.

Región 3. Integrada por los departamentos de Maldonado, de Lavalleja, de Rocha, de Cerro Largo y de Treinta y Tres.

Región 4. Integrada por los departamentos de Río Negro, de Soriano, de Colonia y de Flores; y

Región 5. Integrada por los departamentos de San José, de Florida, de Canelones y de Montevideo.


Artículo 6º.- El Gobierno Nacional y los Gobiernos Departamentales celebrarán los acuerdos de cooperación que se estimen adecuados para armonizar una política bibliotecaria nacional, y la sustentación del Sistema Nacional de Bibliotecas Públicas, en el marco de la previsión establecida en el artículo 262 de la Constitución de la República.

El Ministerio de Educación y Cultura será la autoridad competente, en el ámbito de la Administración Central, especializada para la formulación de las propuestas de política pública bibliotecaria procurando acordar y armonizar con lo sugerido por el Sistema Nacional de Bibliotecas Públicas.


Artículo 7º.- El Sistema Nacional de Bibliotecas Públicas tendrá como fin articular a nivel nacional las bibliotecas públicas, coordinando con el Sistema Nacional de Información en el marco de una Política Nacional de Información.


Artículo 8º.- La Biblioteca Nacional tendrá a su cargo la implementación del Sistema Nacional de Bibliotecas Públicas en lo atinente a la Administración Central. La organización del mismo se establecerá por la vía reglamentaria. Su conducción y las funciones de la especialidad bibliotecológica estarán a cargo de personas con competencia académica específica y acreditada. Todos los cargos serán provistos por llamados abiertos.



Artículo 9º.- El Sistema Nacional de Bibliotecas Públicas tendrá los siguientes cometidos que serán responsabilidad de la Dirección del Sistema y de las Unidades que integran el mismo:

I) Proponer las políticas de bibliotecas públicas, asesorar y articular acciones para el desarrollo de las bibliotecas integrantes del Sistema.

II) Presentar propuestas para la mejora cualitativa y cuantitativa de los servicios que prestan las bibliotecas integrantes del Sistema.

III) Formular recomendaciones para lograr la participación de la población en el fomento y empleo de las bibliotecas integrantes del Sistema.

IV) Instrumentar mecanismos de coordinación y cooperación entre las bibliotecas que conforman el Sistema Nacional de Bibliotecas Públicas y otras bibliotecas existentes en el medio.

V) Promover el libro, la lectura y la creatividad artística y científica, sin perjuicio de la competencia de las autoridades de la educación.

VI) Asesorar sobre la selección, adquisición y actualización periódica de las colecciones básicas que deberán estar en todas las bibliotecas, según su rango, así como promover adquisiciones centralizadas para abatir sus costos.

VII) Promover el mejoramiento intelectual y la formación y capacitación permanente de los funcionarios afectados a las bibliotecas integrantes del Sistema Nacional de Bibliotecas Públicas.

VIII) Proponer y asesorar sobre pautas para la selección y la promoción de los funcionarios afectados a las bibliotecas integrantes del Sistema Nacional de Bibliotecas Públicas.

IX) Implementar y facilitar la generación de proyectos de intercambio y convenios de cooperación a nivel nacional, regional e internacional.

X) Definir el cumplimiento de la normalización de los procesos técnicos y coordinar un catálogo colectivo automatizado en red.

XI) Definir guías y orientaciones de los servicios, manuales de procedimiento.

XII) Asesorar sobre los cometidos y actividades de las Comisiones de Apoyo de las bibliotecas públicas.

XIII) Definir parámetros e indicadores que permitan evaluar el funcionamiento y el rendimiento de las Unidades del Sistema y de su personal.

XIV) Realizar estudios de usuario y de comunidad para el desarrollo y la mejora de los servicios de biblioteca.

XV) Articular con otras políticas y planes a nivel nacional, como los planes de lectura, de educación y de desarrollo productivo, y los programas de alfabetización y alfabetización digital.


Artículo 10.- Créase el Órgano Asesor Nacional de Bibliotecas Públicas como dependencia del Ministerio de Educación y Cultura, con carácter de órgano consultivo respecto a las pautas de la política pública bibliotecaria y en la ejecución de los programas específicos que en ese marco surjan.

El Órgano Asesor Nacional de Bibliotecas Públicas estará integrado por nueve miembros de carácter honorario, de los que tres serán designados directamente por el Ministerio de Educación y Cultura. Los demás representantes se designarán de conformidad con las propuestas formuladas desde la regionalización del Sistema Nacional de Bibliotecas Públicas. El Ministerio de Educación y Cultura designará sus integrantes en el Órgano, teniendo en cuenta un perfil y una formación acorde a las tareas inherentes. Al menos, cinco de los nueve miembros deberán ser licenciados en bibliotecología. En caso de que en la región no hubiera licenciados en bibliotecología podrán ocupar dichos cargos estudiantes avanzados de la mencionada licenciatura. El Órgano Asesor Nacional de Bibliotecas Públicas coordinará internamente la integración de sus miembros y sus actividades, estableciendo las modalidades de participación que considere apropiadas, con la finalidad de cumplir los cometidos específicos establecidos en el inciso primero del presente artículo.

El Órgano Asesor Nacional de Bibliotecas Públicas podrá sesionar con la presencia de cinco de sus miembros, y sus pronunciamientos se acordarán por mayoría simple. El Órgano Asesor Nacional de Bibliotecas Públicas podrá modificar la integración de cada una de las Regionales pero no disminuir su número, aunque sí aumentarlo. En este último caso, la mayoría de sus miembros deberán ser licenciados en bibliotecología o, en su defecto, estudiantes avanzados de dicha licenciatura teniendo en cuenta lo expresado en el inciso anterior.

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, 16 de diciembre.

RODOLFO NIN NOVOA,
Presidente.

Hugo Rodíguez Filippini,
Secretario.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Montevideo, 24 de diciembre de 2009.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, por la que se declara de interés público el desarrollo y el mantenimiento de los servicios bibliotecarios dirigidos al público en general.

TABARE VAZQUEZ
MARIA SIMON
JORGE BRUNI
PEDRO VAZ
ALVARO GARCIA
GONZALO FERNANDEZ
VICTOR ROSSI
RAUL SENDIC
JULIO BARAIBAR
MARIA JULIA MUÑOZ
ANDRES BERTERRECHE
HECTOR LESCANO
CARLOS COLACCE
MARINA ARISMENDI



miércoles, 1 de agosto de 2007

MANIFIESTO DE LA UNESCO SOBRE LA BIBIOTECA PUBLICA


La libertad, la prosperidad y el desarrollo de la sociedad y de los individuos son valores humanos fundamentales. Estos sólo podrán alcanzarse mediante la capacidad de ciudadanos bien informados para ejercer sus derechos democráticos y desempeñar un papel activo en la sociedad. La participación constructiva y la consolidación de la democracia dependen tanto de una educación satisfactoria como de un acceso libre y sin límites al conocimiento, el pensamiento, la cultura y la información.
La biblioteca pública, puerta local hacia el conocimiento, constituye un requisito básico para el aprendizaje a lo largo de los años, para la toma independiente de decisiones y el progreso cultural del individuo y los grupos sociales.
Este Manifiesto proclama la fe de la UNESCO en la biblioteca pública como una fuerza viva para la educación, la cultura y la información y como un agente esencial para el fomento de la paz y del bienestar espiritual a través del pensamiento de hombres y mujeres.
Así pues, la UNESCO alienta a las autoridades nacionales y locales a dar soporte y comprometerse activamente en el desarrollo de las bibliotecas públicas.

LA BIBLIOTECA PUBLICA

La biblioteca pública es un centro local de información que facilita a sus usuarios todas las clases de conocimiento e información.
Los servicios de la biblioteca pública se prestan sobre la base de igualdad de acceso para todas las personas, sin tener en cuenta su edad, raza, sexo, religión, nacionalidad, idioma o condición social. Deben ofrecerse servicios y materiales especiales para aquellos usuarios que por una u otra razón no pueden hacer uso de los servicios y materiales ordinarios, por ejemplo, minorías lingüísticas, personas con discapacidades o personas en hospitales o en prisión.
Todos los grupos de edad han de encontrar material adecuado a sus necesidades. Las colecciones y los servicios han de incluir todo tipo de soportes adecuados, tanto en modernas tecnologías como en materiales tradicionales. Son fundamentales su alta calidad y adecuación a las necesidades y condiciones locales. Los materiales deben reflejar las tendencias actuales y la evolución de la sociedad, así como la memoria del esfuerzo y la imaginación de la humanidad.
Ni los fondos ni los servicios han de estar sujetos a forma alguna de censura ideológica, política o religiosa, ni a presiones comerciales.

MISIONES DE LA BIBLIOTECA PUBLICA

Las siguientes misiones clave, referentes a la información, la alfabetización, la educación y la cultura, habrán de ser la esencia de los servicios de la biblioteca pública:
  1. Crear y consolidar los hábitos de lectura en los niños desde los primeros años.
  2. Prestar apoyo a la educación, tanto individual como autodidacta, así como a la educación formal en todos los niveles.
  3. Brindar posibilidades para el desarrollo personal creativo.
  4. Estimular la imaginación y creatividad de niños y jóvenes.
  5. Fomentar el conocimiento del patrimonio cultural, la valoración de las artes, de los logros e innovaciones científicos.
  6. Facilitar el acceso a las expresiones culturales de todas las manifestaciones artísticas.
  7. Fomentar el diálogo intercultural y favorecer la diversidad cultural.
  8. Prestar apoyo a la tradición oral.
  9. Garantizar a los ciudadanos el acceso a todo tipo de información de la comunidad.
  10. Prestar servicios adecuados de información a empresas, asociaciones y agrupaciones de ámbito local.
  11. Facilitar el progreso en el uso de la información y su manejo a través de medios informáticos.
  12. Prestar apoyo y participar en programas y actividades de alfabetización para todos los grupos de edad y, de ser necesario, iniciarlos.

FINANCIACION, LEGISLACION Y REDES

La biblioteca pública ha de ser, por principio, gratuita. La biblioteca pública es responsabilidad de las autoridades local y nacional. Debe regirse por una legislación específica y estar financiada por los gobiernos nacional y local. Ha de ser un componente esencial de cualquier estrategia a largo plazo para la cultura, la provisión de información, la alfabetización y la educación.
Para lograr la coordinación y cooperación bibliotecaria a nivel nacional, la legislación y los planes estratégicos han de definir y promover, también, una red nacional de bibliotecas, basada en normas de servicio convenidas.
La red de biblioteca pública ha de ser concebida en relación con las bibliotecas nacionales, regionales, especializadas y de investigación, así como con las bibliotecas escolares, de institutos y universitarias.

FUNCIONAMIENTO Y GESTION

Ha de formularse una política clara que defina objetivos, prioridades y servicios en relación con las necesidades de la comunidad local. La biblioteca pública ha de organizarse eficazmente y mantener normas profesionales de funcionamiento.
Ha de asegurarse una cooperación con interlocutores relevantes, por ejemplo, grupos de usuarios y otros profesionales a nivel local, regional, nacional e internacional.
Los servicios han de ser físicamente accesibles a todos los miembros de la comunidad. Esto requiere que los edificios de las bibliotecas públicas estén bien situados, con buenas condiciones de lectura y estudio, tecnologías adecuadas y un horario suficiente y apropiado a los usuarios. Supone asimismo servicios de extensión para quienes no pueden acudir a la biblioteca.
Los servicios de la biblioteca han de adaptarse a las necesidades de las distintas comunidades en áreas rurales y urbanas.
El bibliotecario es un intermediario activo entre los usuarios y los recursos. Es indispensable su formación profesional y permanente para que pueda ofrecer servicios adecuados.
Habrán de establecerse programas de extensión y de formación de usuarios con objeto de ayudarles a sacar provecho de todos los recursos.

APLICACION DEL MANIFIESTO

Se insta a quienes toman las decisiones a nivel nacional y local y a la comunidad bibliotecaria en general, en todo el mundo, a que apliquen los principios expuestos en el presente Manifiesto.
Este Manifiesto se preparó en colaboración con la Federación Internacional de Asociaciones de Bibliotecarios y Bibliotecas (IFLA) y ha sido aprobado por la UNESCO en noviembre de 1994.

Traducción, Fundación Germán Sánchez Ruipérez (Peñaranda de Bracamonte)