VISTO: que existe la necesidad de instrumentar una política de descarte del material bibliográfico existente en la biblioteca municipal, él cual por diversas razones no tiene sentido su permanencia, en carácter de piezas bibliográficas sin utilidad
CONSIDERANDO: que hay bibliografía en la materia que considera al Descarte como herramienta imprescindible para tener una Biblioteca actualizada, para utilizar en forma eficiente el espacio de su biblioteca, para estar en condiciones de brindar mejor servicio bibliotecario a través de una colección de materiales de buena calidad informativa y para darle una reputación de confianza.
RESUELVE
I. Homologar en todos sus términos el Proyecto de Reglamento de descarte y donación de material bibliográfico que a continuación acompaña
II. Que el descarte y la donación posea en todos los casos, un aval técnico-profesional en los procedimientos a seguir, regulado en cada caso como se estipule oportuno.
1. DEL MATERIAL A RECIBIR EN DONACIÓN
1.1 El encargado de la Biblioteca o la persona que éste designe le aclarará al donante que la
institución se reserva el derecho a evaluar si la donación se incorpora o no a la colección de acuerdo: a
la necesidad de material bibliográfico que la biblioteca tenga en ese momento, al estado en que se
encuentra el material donado, etc.
1.2 En el caso de los materiales donados a la biblioteca y que no sean de utilidad para ésta se remitirán a
otras bibliotecas del departamento, y en el caso que su contenido sea obsoleto (sin valor histórico-
cultural) se colocarán en el mostrador para que los usuarios que asisten a esta biblioteca los retiren.
1.3 Se dispondrá del material que no se incorpore a la colección de acuerdo a lo que se establece en el
presente reglamento.
1.4 El material aceptado será incluido dentro del acervo de la Biblioteca.
1.5 El material aceptado al realizarle el procesamiento técnico (catalogación, clasificación e inventario)
deberá incluírsele el nombre del donante.
2. DEL MATERIAL QUE INTEGRA EL ACERVO DE LA BIBLIOTECA
2.1 Se podrán descartar documentos que están dentro de los siguientes items:
2.1.1 Títulos que estén en malas condiciones físicas (rotos, falta de hojas, etc.) o en condiciones
insalubres, y que no se pueden recuperar.
2.1.2 Títulos que por razones de idiomas no se ajustan al perfil de la comunidad
2.1.3 Títulos duplicados
2.1.4 El descarte basado en criterios de contenido deberá realizarse en función de:
- los objetivos de la institución
- las características de la comunidad
- las demandas de los usuarios
2.2 No se podrán descartar documentos que revistan importancia histórico-cultural y que eventualmente
puedan formar parte del acervo histórico-cultural del Departamento.
2.3 El descarte deberá ser realizado por un licenciado en bibliotecología o por los funcionarios de la
biblioteca con el aval del mencionado profesional. En los casos que se considere necesario, se recurrirá
además al asesoramiento de técnicos en distintas especialidades.
2.4 El descarte se hará toda vez que el servicio lo requiera. Podrá ser realizado entre otros por:
2.4.1 Automatización de la biblioteca
2.4.2 Mudanza
2.4.3 Reinventario de la colección
2.4.4 Ingreso de nuevos títulos
2.4.5 Lectura y limpieza de estantes
2.5 Del material descartado se dispondrá según el caso:
2.5.1 Ofrecerse en donación a otras bibliotecas de la comunidad a través de la remisión de listados
2.5.2 Donar aquel material no habilitado para su uso como papel para reciclar
2.5.3 Ofrecerse a los usuarios directamente
2.5.4 Para el descarte de textos con valor histórico se tendrá presente el art. 71 del TOCAF,
remitiéndolos a oficinas pertinentes o lugares donde realizan la guarda de ese tipo de material.
martes, 31 de julio de 2007
POLITICA DE DESCARTE Y DONACION DE UNIDADES BIBLIOGRÁFICA
Publicado por
Biblioteca Artigas
en
19:06
Etiquetas: REGLAMENTOS